DOBLE INDEMNIZACIÓN
A través del Decreto de Necesidad y Urgencia 528/2020 se amplía por 180 días la emergencia pública en materia ocupacional declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia 34/2019.
En ese marco, se dispuso el derecho de los trabajadores a los que se los despida sin causa, a percibir el doble de la indemnización correspondiente de acuerdo a la legislación vigente. La duplicación corresponde sobre todos los rubros indemnizatorios originados con motivo de la extinción incausada del contrato de trabajo.
Estas disposiciones no son aplicables a las contrataciones que se celebraron con posterioridad al 13 de diciembre de 2019.
No obstante, más allá de esta prórroga, recordamos que actualmente rige la prohibición de efectuar despidos de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia 487/2020.