PROHIBICIÓN DE DESPIDOS Y DETERMINADAS SUSPENSIONES.

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PROHIBICIÓN DE DESPIDOS Y DETERMINADAS SUSPENSIONES.

A través del Decreto 487/2020, el Poder Ejecutivo prorrogó la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor cuyo vencimiento operaba a fin de mayo 2020, por el plazo de 60 días.
También se prorrogó la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo cuyo vencimiento operaba a fin de mayo 2020, por el plazo de 60 días.

 

Se mantienen exceptuadas de la prohibición, las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.

Es importante indicar que el Decreto dispone que los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación al mismo, no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.

Los seguimos informando Consultora Ainstein & Asociados. Aquí el decreto 487-2020.

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